Mediante la expedición de la Circular externa 100-000008 del 24 de abril de 2020, la Superintendencia de Sociedades en alineación con las medidas en materia de prevención, manejo y control que han siendo impartidas por el Gobierno Nacional para contener la propagación del COVID-19, y con el propósito de que los empresarios puedan atender las instrucciones impartidas por la Presidencia de la República y los Ministerios de Trabajo y Salud, modificando las fechas de presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 y otros informes del año 2019.
De esta manera, se modificaron o precisaron algunos de los plazos contenidos en la Circular Externa 201-000008 del 22 de noviembre de 2019 y sus posteriores modificaciones (Circulares Externas 100-000003 de 17 de marzo, 100-000007 del 8 de abril de 2020 y 100-000006 del 31 de marzo de 2020), los cuales quedarán en los siguientes términos:
1- Plazos para el envío de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019
Tabla 1
Se reitera que los estados financieros de fin de ejercicio se deben diligenciar en MILES DE PESOS y los documentos adicionales deben ser remitidos dentro de los 2 días hábiles siguientes al plazo para el envío de la información financiera antes mencionados.
2- Plazos para el envío del Informe 42 Prácticas Empresariales a 31 de diciembre de 2019
Tabla 2
3- Plazo para el envío de los estados financieros consolidados y combinados a 31 de diciembre de 2019
Se modifica el plazo contenido en el numeral 3.2. – Plazo para el envío de los estados financieros consolidados y combinados a 31 de diciembre 2019 de la Circular Externa 201-000008 del 22 de noviembre de 2019, de tal manera que las matrices o controlantes deberán remitir dicha información a más tardar el martes 30 de junio de 2020.
Se reitera que los documentos adicionales deben ser remitidos dentro de los 2 días hábiles siguientes al plazo para el envío de la información financiera consolidada o combinada.
4- Plazo para la presentación de información financiera a 31 de diciembre de 2019 para entidades empresariales que no cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha o que se encuentran en Liquidación Voluntaria
Se modifica el plazo contenido en el numeral 6. – Información Financiera de Fin de Ejercicio para Entidades Empresariales que no Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha o que se encuentren en Liquidación Voluntaria de la Circular Externa 201-000008 del 22 de noviembre de 2019, de tal manera que las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control que a 31 de diciembre de 2019, determinen que no cumplen con la Hipótesis de Negocio en Marcha o se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria, deben presentar la información a más tardar el martes 23 de junio de 2020, atendiendo las instrucciones dadas en la Circular Externa 100-000006 del 9 de noviembre de 2018.
5- Plazos para la presentación de los estados financieros del año 2019 para los clubes de futbol con deportistas profesionales organizados como sociedades anónimas.
El plazo para la presentación de la información financiera de los clubes deportivos con corte a 31 de diciembre de 2019, establecido en la Circular Externa 100-000006 del 31 de marzo de 2020, se modifica y, por lo tanto, la fecha máxima será el viernes 29 de mayo de 2020.
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