Esta contribución especial se rige por el Decreto 616 del 25 de abril de 2022 promulgado por el Ministerio de Salud y Protección Social y surge como un mecanismo de afiliación al régimen subsidiado en salud de la población clasificada como no pobre y no vulnerable correspondiente al Grupo D del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales SISBEN IV, es decir, aquellas personas que no pertenecen en al régimen subsidiado porque no cumplen con los requisitos para estar en el y que tampoco son cotizantes o beneficiarios del régimen contributivo de salud, con el objetivo de alcanzar la cobertura universal en salud.

Las personas clasificadas como no pobres y no vulnerables de acuerdo con el SISBEN, pueden consultar su clasificación en la pagina web https://www.sisben.gov.co/paginas/consulta-tu-grupo.aspx y de esta manera identificar el grupo poblacional en el que se encuentra, y si su categoría es la D1-D21 del SISBEN IV, entonces de acuerdo con el Departamento Nacional de Planeación, puede acceder al régimen subsidiado mediante contribución solidaria.

Para afiliarse a esta contribución la norma indica que la persona cabeza de familia, debe realizarla a través de la EPS de su preferencia o en la Secretaría de Salud donde sea su residencia. Dentro de esta afiliación se podrá incluir al cónyuge o compañero permanente, los hijos menores de 25 años que dependan económicamente del afiliado, los hijos del cónyuge en iguales condiciones, los menores de 25 años en condición de discapacidad hasta el tercer grado de consanguinidad con el cabeza de familia y si no se tienen hijos o cónyuge que cumplan con las características descritas, los padres del cabeza de familia que no estén pensionados y dependen de económicamente de éste, los hijos con discapacidad permanente y los menores de 18 años entregados en custodia legal por la autoridad competente.

El recaudo de esta contribución solidaria se deberá pagar mes vencido hasta el último día hábil del mes, y se efectuará a través de los mecanismos de recaudo de Planilla Integrada de liquidación de Aportes PILA, el valor o monto a pagar será proporcional a los días del mes que estuvo afiliado a este sistema, y deberá realizar los copagos y demás pagos correspondientes al momento de la prestación del servicio de salud.