Se puede celebrar un contrato de compraventa con reserva de dominio en el que la propiedad de la cosa vendida permanece en manos del vendedor hasta que se complete la condición del pago total del objeto. Cuando se vende un artículo o bien, el vendedor transfiere el dominio de esa propiedad al comprador, es decir, el dominio de la propiedad se transfiere a la persona que lo compró, pero el dominio puede ser reservado por el vendedor. La reserva de dominio significa que el vendedor conserva la propiedad de este hasta que se cumpla la condición contenida en el contrato de venta o el compromiso de venta.

Al incluir una cláusula de reserva de dominio en el contrato, el comprador no será el propietario real hasta que se cumpla la condición y se formalice la transferencia de dominio, por lo que la reserva de dominio cierra el papel de garantía para el vendedor.

Lo anterior, con fundamento en el artículo 952 del Código de Comercio que indica:

 

Consideraciones:

En la Cámara de Comercio sólo pueden registrarse contratos de compraventa con reserva de dominio sobre bienes muebles.

La reserva del dominio de inmuebles sólo producirá efectos con relación a terceros a partir de la fecha de inscripción del respectivo contrato en la oficina de registro de instrumentos públicos y privados (Art.  953 del Código de Comercio).

En el caso de reserva de dominio relacionado con automotores, el contrato se registra únicamente en la secretaría de tránsito respectiva.

 

¿Cuál es la utilidad de la inscripción del contrato?

El contrato de compraventa con reserva de dominio sólo entrará en vigor para terceros desde la fecha de su inscripción en el registro mercantil.

El registro del contrato se efectúa en la matrícula del comprador, donde puede ser consultado por cualquier interesado y obtener un certificado sobre los términos, contenido y vigencia del mismo.

 

¿Cuáles son los requisitos para un contrato de compraventa con reserva de dominio?

Para que la inscripción de este contrato se realice en el registro mercantil, el documento deberá contener al menos la siguiente información:

  • Nombre, apellidos, identificación y domicilio del comprador y del vendedor.
  • Precio de venta y forma de pago.
  • La fecha de vencimiento del bono.
  • La relación entre los bienes vendidos y el lugar donde permanecerán.
  • Términos relacionados con el mantenimiento del título o la propiedad.

Si el contrato de compraventa con reserva de dominio esta en un documento privado, las firmas del registrante (vendedor y comprador) y el contenido del contrato deben ser reconocidas ante un juez o notario, o el firmante puede presentarse ante el funcionario competente de la Cámara de Comercio.

Cualquier modificación del contrato de compraventa con reserva de dominio, así como la terminación del contrato, deberán ser registradas en la cámara de comercio donde esté registrado, conforme a lo cual deberán observarse los procedimientos previstos para la celebración del contrato.

 

Reserva de dominio en la compraventa comercial.

En una venta comercial puede preverse la retención de la propiedad, esto incluye el hecho de que la propiedad de la cosa vendida quede en manos del vendedor, ya que sólo puede pasar a manos del comprador cuando este; haya pagado el precio total de la cosa o producto.

 

Reserva de dominio de bienes no comerciales.

Cualquier venta puede hacerse con una reserva de dominio, incluso si no es un producto comercial, como la venta de una casa o apartamento, lo anterior no aplica si existe una garantía hipotecaria. En la libertad contractual para las partes, se puede incluir una disposición en la que la propiedad de la cosa vendida no se transferirá hasta que el comprador haya pagado el precio total o hasta que satisfaga cualquier otra condición acordada entre las partes. Esto es, lo que generalmente se hace en una promesa de compraventa, donde se emite una escritura de compraventa solo cuando se ha completado el pago. Es una medida para asegurar el pago de algo vendido o para cumplir con condiciones acordadas entre las partes.